Con la fase 1 y la fase 0 de la desescalada modificadas, los conductores que tenían prevista una revisión de la ITV cuentan con nuevos plazos tras la prórroga del estado de alarma.
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Las ITVs reabren sus puertas
El estado de alarma declarado el pasado 14 de marzo a causa de la COVID-19 paralizó gran parte de la actividad de nuestro país, congelando todos los planes, citas y procesos establecidos durante los dos últimos meses. El mejor ejemplo es el de las ITVs, ya que cientos de conductores contaban con cita para una revisión durante este período o bien su ITV caducaba en mitad de la cuarentena.
En ambos casos, el gobierno y la DGT permitieron en su momento reanudar su actividad cuando se levantasen las restricciones.
Una situación que se abre a una “nueva normalidad” a través de una fase 0 y fase 1 aplicadas a diferentes comunidades autónomas y que permite la reapertura de ciertos negocios y la reanudación de sus actividades, entre ellas la de las ITVs. Una realidad que arroja nuevos plazos y fechas para todos aquellos conductores que contaban con una prórroga en su revisión a causa del estado de alarma.
En concreto, el Ministerio de Industria ha concedido una moratoria de mínimo 45 días para todos los vehículos con ITV caducada durante el período de alarma, estableciendo nuevos marcos para todos los conductores en función del día de su cita pospuesta.
A fin de adaptarse a las diferentes fases en cada comunidad autónoma, el gobierno también ha permitido que esta prórroga se amplíe cada semana otros 15 días.
Nuevos plazos de revisión tras la prórroga del estado de alarma
A pesar de la nueva moratoria, recordamos que el estado de alarma sigue vigente, por lo que se recomienda acudir directamente del taller a la ITV.
Si, en tu caso, solicitaste una cita durante el período del confinamiento anterior a la desescalada, tu cita quedó pospuesta, por lo que debes volver a solicitarla. Si, por otra parte, ya realizaste el pago de la inspección, esta no cuenta con fecha de caducidad, por lo que podrás solicitar de nuevo una cita.
De esta forma, los plazos para pasar la ITV tras el estado de alarma son los siguientes en función de la fecha inicial de la cita:
- Semana 1 (14 al 20 de marzo): 30 días + 15 días adicionales (45 días naturales).
- Semana 2 (21 al 27 de marzo): 30 días + 2 períodos de 15 días (60 días naturales).
- Semana 3 (28 de marzo al 3 de abril): 30 días + 3 períodos de 15 días (75 días naturales).
- Semana 4 (4 al 10 de abril): 30 días + 4 períodos de 15 días (90 días naturales).
- Semana 5 (11 al 17 de abril): 30 días + 5 períodos de 15 días (105 días naturales).
- Semana 6 (18 al 24 de abril): 30 días + 6 períodos de 15 días (120 días naturales).
- Semana 7 (25 de abril al 1 de mayo): 30 días + 7 períodos de 15 días (135 días naturales).
- Semana 8 (2 al 8 de mayo): 30 días + 8 períodos de 15 días (150 días naturales).
- Semana 9 (9 al 15 de mayo): 30 días + 9 períodos de 15 días (165 días naturales).
- Semana 10 (16 al 22 de mayo): 30 días + 10 períodos de 15 días (180 días naturales).
- Semana n (extra): 30 días + ‘n’ períodos de 15 días (30 + nx15).
Si contabas con una cita para la ITV durante el estado de alarma y no sabes por dónde empezar, consulta qué fecha te corresponde.